RECURSOS HÍDRICOS Y SU GESTIÓN

LOS RECURSOS HÍDRICOS Y SU GESTIÓN

INTRODUCCIÓN

La gestión de las aguas es un elemento fundamental para el desarrollo de los países y el bienestar de la población. La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, aprobada en la Asamblea General de las Naciones Unidas en forma unánime por sus 193 miembros, incluye un objetivo dedicado especialmente al agua y su gestión, el ODS 6: Garantizar la disponibilidad y la gestión sostenible del agua y el saneamiento para todos . En el contexto de esta agenda de desarrollo, se reconoce que su avance efectivo depende de la gestión sostenible de los recursos hídricos, lo que convierte al ODS 6 en el eje transversal para lograr el cumplimiento de los demás objetivos.

 

Embalse de Camatagua

El Gobierno Bolivariano, reconociendo la importancia del agua y su gestión, publica en 2007 la Ley de Aguas, la cual establece las disposiciones que rigen la gestión integral de las aguas “como un elemento indispensable para la vida, el bienestar humano y el desarrollo sustentable del país, y es de carácter estratégico e interés de Estado”, tal como se indica en el artículo 1. Adicionalmente, el presidente Nicolás Maduro incorporó los objetivos de la Agenda 2030 en el Plan de la Patria 2019-2025, con lo cual la gestión integral de las aguas cobra mayor relevancia en Venezuela.

El Ministerio del Poder Popular de Atención de las Aguas, en su carácter de Autoridad Nacional de las Aguas y como ente rector del sector en Venezuela, le corresponde la implementación de la Ley de Aguas, así como coordinar y ejecutar acciones para el cumplimiento de las metas asociadas al ODS 6, con el concurso de diversos actores del sector público y privado.

GESTIÓN INTEGRAL DE LAS AGUAS

De acuerdo con el artículo 3 de la Ley de Aguas, la gestión integral de las aguas comprende el conjunto de actividades de índole técnica, científica, económica, financiera, institucional, gerencial, jurídica, entre otras, dirigidas a la conservación y aprovechamiento del agua en beneficio colectivo, considerando las aguas en todas sus formas y los ecosistemas naturales asociados, las cuencas hidrográficas que las contienen, los actores e intereses de los usuarios o usuarias, los diferentes niveles territoriales de gobierno y la política ambiental de ordenación del territorio y de desarrollo socioeconómico del país.

 

Embalse Tierra Blanca

La implantación de la gestión integral de las aguas en Venezuela vincula diferentes entes del sector público con el sector académico, sector privado y el Poder Popular, en un proceso participativo y protagónico de planificación y ejecución de acciones. De igual forma, la gestión integral de las aguas está vinculada con los planes de desarrollo nacional, lo cual se evidencia en el Objetivo estratégico 5.2.1 del Plan de la Patria:

“Promover acciones en al ámbito nacional e internacional para la protección, conservación y gestión sustentable de áreas estratégicas, tales como fuentes y reservorios de agua dulce (superficial y subterránea), cuencas hidrográficas, diversidad biológica, mares, océanos y bosques”.

En este mismo sentido, cuando el Estado venezolano incorpora los objetivos y metas de la Agenda 2030 en el Plan de la Patria, se asume el objetivo 6 y en particular la meta 6.5 como un compromiso en el avance en la implantación de la gestión integral de las aguas.

Meta 6.5: “De aquí a 2030, implementar la gestión integrada de los recursos hídricos a todos los niveles, incluso mediante la cooperación transfronteriza, según proceda”.

INSTRUMENTOS DE GESTIÓN: en el artículo 40 de la Ley de Aguas se indican los diversos instrumentos que dispone el Gobierno Bolivariano para lograr la gestión integral de las aguas. En concordancia con el espíritu de la ley, en cada uno de estos instrumentos hay mecanismos de participación para los distintos sectores interesados en el aprovechamiento y conservación de las aguas. Estos instrumentos de gestión son los siguientes:

 

  • * El subsistema de información de las aguas: forma parte del sistema de información ambiental y comprende actividades de recolección, procesamiento, sistematización, almacenamiento y divulgación de datos e información de tipo: hidrometeorológico, hidrogeológico, fisiográfico, morfométrico y de calidad de aguas, entre otros. Las fuentes de información provienen del sector público y privado.

 

  • * Los planes de gestión integral de las aguas: orientarán la gestión integral de las aguas y constituirán instrumentos flexibles, dinámicos, prospectivos y transversales que permitirán prever y enfrentar situaciones cambiantes del entorno que directa o indirectamente afecten al recurso. El sistema de planificación para la gestión integral de las aguas incluye un plan nacional de carácter estratégico y un horizonte de largo plazo; planes de región hidrográfica que desarrollarán las directrices del plan nacional a escala de cada región; y los planes de cuenca hidrográfica que desarrollarán y adaptarán los planes de región hidrográfica en el ámbito de las cuencas.

 

  • * El control administrativo previo para el uso de las aguas: la Ley de Aguas desarrolla un sistema de control administrativo para los usos de abastecimiento a poblaciones, agrícolas, actividades industriales, generación de energía hidroeléctrica y comerciales. Estos usos están sujetos a la tramitación de concesiones, asignaciones o licencias ante el Ministerio de Atención de las Aguas.

 

  • * El registro nacional de usuarios y usuarias de las fuentes de las aguas: es un sistema automatizado de cobertura nacional para el manejo de datos e información de los distintos usos de las aguas continentales superficiales y subterráneas, marinas e insulares. Sirve de instrumento de apoyo para el control administrativo de los usos del recurso y los planes de gestión integral de las aguas, así como para la protección de los derechos de los usuarios y usuarias.

 

El sistema económico financiero: tiene como objetivo asegurar el adecuado financiamiento de los instrumentos de gestión definidos en la ley, así como estimular el uso eficiente de las fuentes de agua para contribuir con la sustentabilidad del recurso. Incluye al Fondo Nacional para la Gestión Integral de las Aguas (FONAGUAS). Las fuentes de ingreso y los gastos a financiar se indican en la siguiente figura:

INSTITUCIONALIDAD DE LAS AGUAS: la Ley de Aguas establece un sistema de organización institucional para lograr la gestión integral de las aguas. En los siguientes gráficos se indica la estructura de este sistema y la composición y funciones de cada componente.

ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE LAS AGUAS

 

 

CONSEJO NACIONAL DE LAS AGUAS (CONAGUAS)

Es una instancia de consulta y concertación para la gestión integral de las aguas. Su conformación se indica en el gráfico

CONSEJOS DE REGIÓN HIDROGRÁFICA

Son instancias de consulta, participación y toma de decisiones para la gestión integral de las aguas.



CONSEJOS DE CUENCA HIDROGRÁFICA

Se crean por decreto presidencial, por recomendación del correspondiente consejo de región hidrográfica y el aval del Consejo Nacional de las Aguas. Su función es elaborar, aprobar y ejecutar el plan de gestión integral de las aguas en el ámbito de la cuenca.

 

UNIDADES DE GESTIÓN: Las unidades espaciales de referencia para la organización institucional y el manejo de las aguas superficiales y subterráneas son, respectivamente: las regiones y cuencas hidrográficas y las provincias y cuencas hidrogeológicas.

UBICACIÓN

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